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Cómo solicitar las ayudas por la DANA: guía práctica y consejos útiles

Si te has visto afectado por las inundaciones del 29 de octubre en la Comunidad Valenciana, aquí tienes un resumen de las ayudas que puedes solicitar para compensar los daños. Esta guía cubre las ayudas públicas (no incluye indemnizaciones de seguros) y está destinada a personas, familias y empresas.

¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?

Estas ayudas están disponibles para personas y negocios de los municipios afectados en la provincia de Valencia. Consulta la lista completa de municipios, al final del post, para confirmar si puedes beneficiarte.

1. Ayudas para Daños en Viviendas

1) Ayuda de la Generalitat Valenciana: 6.000€ para Vivienda Habitual

  • Fecha límite: Hasta el 16 de diciembre de 2024.

  • ¿Quién puede solicitarla?: Todos los residentes en viviendas dañadas, ya sean propietarios o inquilinos. Esta ayuda es compatible con otras ayudas del Estado.

  • Pasos para solicitarla:

    • Reúne los documentos necesarios: comprobante de residencia (contrato de alquiler, escritura de propiedad, facturas a tu nombre), si lo deseas puedes escribir aquí para solicitarlo danaregistradores@registradores.org y el código catastral de la vivienda (puedes encontrarlo en la web del Catastro).

    • Incluye un certificado de tu cuenta bancaria donde quieras recibir el dinero.

  • Dónde presentarla: Puedes hacerlo online en este enlace o en las oficinas habilitadas en tu municipio (aquí tienes el PDF).

2) Ayuda del Estado para Vivienda Habitual: Hasta 60.480€ según el tipo de daño

  • Fecha límite: Hasta el 7 de enero de 2025.

  • ¿Quién puede solicitarla?: Todas las personas que tengan una residencia habitual afectada. La casa no tiene que ser tuya (puede serlo o puedes vivir de alquiler, cesión, etc) y da igual los ingresos que tengas.

  • Tipos de ayuda:

    • Destrucción total de la vivienda: hasta 60.480€.

    • Daños estructurales graves: hasta 41.280€.

    • Daños parciales no estructurales: hasta 20.640€ (se cubre hasta el 50% del coste estimado).

    • Daños en electrodomésticos y enseres de primera necesidad (ej., nevera, cama): hasta 10.320€.

  • Pasos para solicitarla:

    • Rellena el formulario y adjunta una prueba de residencia (como contrato de alquiler o escritura de propiedad).

    • Si tienes seguro, deberás incluir un documento del Consorcio de Aseguradoras que detalle la compensación recibida. Si aún no tienes compensación, consulta en tu ayuntamiento sobre la opción de obtener un informe pericial de daños. En este enlace puedes conseguir un acta notarial.

    • Rellena este formulario de solicitud que ha facilitado el ministerio.

  • Dónde presentarla:

    • Entra en la web y selecciona "Solicitud de ayuda para unidades familiares o de convivencia económica para paliar daños materiales en viviendas y enseres". Necesitarás certificado digital o cl@ve pin. Si actúas en nombre de otra persona, lleva una autorización firmada y copia de su DNI.

    • También puedes presentar la solicitud en persona en cualquier oficina de Correos o registro estatal (ej., Plaza del Temple, 1, en Valencia, con cita aquí). Aquí tienes el formulario.

3) Ayuda Estatal por Daños en Elementos Comunes del Edificio hasta 36.896€

  • Fecha límite: 7 de enero de 2025

  • ¿Quién puede solicitarla?: La pueden presentar todos los edificios afectados. Debe presentarla el presidente de la comunidad. Es compatible con otras ayudas públicas

  • Pasos para solicitarla:

    • Formulario de solicitud del Ministerio de Interior (disponible online o en papel).

    • CIF de la Comunidad (fotocopia compulsada).

    • Certificado del Presidente: Acreditación del presidente actual (emitido por el secretario o acta de elección).

    • Póliza de Seguro: Fotocopia compulsada, con todas las condiciones y suplementos.

    • Recibo del Seguro: Que demuestre que la póliza estaba activa al momento de la DANA.

    • Compensación recibida: Documento del Consorcio de Aseguradoras con el monto recibido o certificado de trámite.

  • Dónde presentarla:

    • Online: En la web del Ministerio del Interior (en el apartado de comunidad de propietarios), usando certificado digital o cl@ve pin.

    • Presencialmente: En oficinas de Correos o registros administrativos, como la oficina de Plaza del Temple, 1, Valencia. Con cita previa aquí. En ese caso usa este formulario en papel.

2. Ayudas para Autónomos y Empresas

1) Cese de Actividad para Autónomos (por Fuerza Mayor)

  • ¿En qué consiste?: Si eres autónomo y tu actividad quedó interrumpida por las inundaciones, puedes solicitar esta prestación por cese de actividad. No necesitas presentar prueba adicional si tu negocio se encuentra en un municipio afectado.

  • Documentos: DNI, declaración jurada de cese de actividad y, en algunos casos, el modelo 145 de Hacienda y el libro de familia si tienes hijos a cargo.

  • Dónde presentarla: A través de la mutua correspondiente (consulta en tu mutua o en la Seguridad Social si no la conoces).

2) Subvención de 5.000€ para Autónomos

  • Fecha de solicitud: Del 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2024.

  • ¿Quién puede solicitarla?: Autónomos con actividad domiciliada en un municipio afectado a 28 de octubre.

  • Pasos para solicitarla: En la web de la Agencia Tributaria (AEAT) habrá un enlace específico a partir del 19 de noviembre.

3) Ayudas para PYMEs: Entre 10.000€ y 150.000€ según el volumen de negocio

  • ¿Quién puede solicitarla?: Empresas cuya actividad esté domiciliada en uno de los municipios afectados.

  • Importes: Dependen del volumen de negocio anual en 2023. Ej., para negocios de menos de 1 millón de euros, la ayuda es de 10.000€; para los que superan los 10 millones, llega hasta 150.000€.

  • Dónde presentarla: AEAT, a partir del 19 de noviembre.

4) ERTE por Fuerza Mayor

  • ¿Qué cubre?: Si la actividad laboral se ha detenido temporalmente (porque los empleados no pueden asistir al lugar de trabajo o el local ha sufrido daños), se puede solicitar un ERTE.

  • Beneficios: Exención del 100% de las contribuciones sociales hasta febrero de 2025, y los empleados recibirán el 70% de su salario base reguladora.

    • Pasos para solicitarla:

      • Tu DNI, NIE, TIE o pasaporte

      • Certificado de alta en la seguridad social o de pago de cuotas

      • Te pueden pedir el parte de baja médica si no consta en los ficheros de la Seguridad Social.

      • Dónde presentarlo: Dirección General de Trabajo de la Comunidad Valenciana. Debes rellenar el siguiente formulario.

3. Ayudas para Daños en Establecimientos Comerciales

Ayuda para Reparación de Establecimientos Comerciales

  • Fecha límite: Hasta el 5 de enero de 2025.

  • Importe máximo: Hasta 36.896€, o el 7% del daño valorado por la aseguradora.

  • Requisitos: Negocios en zona afectada con menos de 50 empleados.

  • Pasos para solicitarla: Necesitarás el CIF de la empresa, una prueba de que tienes menos de 50 empleados y detalles de tu seguro (si ya tienes compensación, adjunta un informe del Consorcio de Aseguradoras).

  • Dónde presentarla:

4. Ayudas en Casos de Fallecimiento o Incapacidad Permanente

Ayuda de 72.000€ en Caso de Fallecimiento o Incapacidad Permanente

  • Fecha límite: Hasta el 7 de enero de 2025.

  • ¿Quién puede solicitarla?: Familiares directos del fallecido o personas con incapacidad permanente.

  • Documentos: Certificado de defunción o dictamen médico de incapacidad y una prueba de relación familiar (como el libro de familia).

  • Dónde presentarla:

5. Ayudas Automáticas y Exenciones Fiscales

  • Exención del IBI: Si tu vivienda ha sufrido daños y puedes demostrarlo, podrás quedar exento del pago del IBI en 2024.

  • Aplazamiento del Pago de la Declaración de la Renta: Hasta el 5 de febrero de 2025.

  • Exención de Tasas para Baja de Vehículos y Renovación de DNI: Si necesitas renovar tu DNI o dar de baja un vehículo dañado, no tendrás que pagar tasas (válido hasta el 30 de enero de 2025).

  • Aplazamiento de Cuotas de Seguridad Social: Los autónomos y empresas pueden aplazar las cuotas de octubre a enero (empresas) y de noviembre a febrero (autónomos), dividiendo los pagos en plazos con un interés reducido.

Consejos útiles

  • Solicita la indemnización lo antes posible, tanto al seguro como al Consorcio. Las condiciones pueden cambiar rápidamente, y es mejor cubrir todas las bases

  • Ten disponible tu último recibo de seguro pagado

ayudas DANA organizaciones

Organizaciones que ofrecen ayudar gratuitamente para tramitar las ayudas necesarias

Sabemos lo abrumador que puede ser enfrentarse a los trámites tras un desastre como la DANA. Por suerte, existen organizaciones dispuestas a ayudarte de forma gratuita con seguros, reclamaciones y solicitudes de ayudas. Aunque nosotros no somos especialistas en este tema, te recomendamos acudir a profesionales que puedan asesorarte y garantizar que recibas el mejor apoyo posible. Aquí te dejamos algunos recursos:

1. Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Valencia y Aunna Asociación

Ofrecen asesoramiento gratuito para gestionar reclamaciones al Consorcio de Compensación de Seguros.

  • Dónde encontrarlos:
    Están disponibles en puntos clave de los municipios afectados, como los ayuntamientos de Catarroja, Algemesí, Alfafar, Sedaví, Massanassa, Albal, Castellar, La Torre, Horno de Alcedo, Picanya y Chiva.

  • Contacto: 963 60 07 69

2. Rental Advance

Esta organización ofrece soporte gratuito para:

  • Gestión de inmuebles: Supervisión y organización de reparaciones para propietarios e inquilinos.

  • Apoyo con seguros: Comunicación y seguimiento de reclamaciones para agilizar el proceso.

  • Asesoramiento legal: Acompañamiento en cuestiones legales relacionadas con la propiedad.

  • Contacto:

    • gestion@rentaladvance.es

    • gestion2@rentaladvance.es

    • Teléfonos: 722 134 179 / 648 284 852

3. Tramita DANA

  • Te ayudan con cualquier trámite administrativo relacionado con las ayudas económicas por la DANA, para que puedas concentrarte en lo realmente importante.

4. Civio

Civio pone a tu disposición un asistente de ayudas para paliar los efectos de la DANA, que incluye:

  • Una app y una guía con información actualizada para facilitar el acceso a ayudas.

  • Opciones para organizaciones y ayuntamientos de insertar el asistente en su web.

  • Importante: No almacenan tus datos.

  • Accede al asistente y la guía aquí: Civio Ayudas DANA

  • Contacto: contacto@civio.es

Si necesitas ayuda con estas gestiones, no dudes en contactar a estas organizaciones. Son profesionales en el tema y podrán guiarte de manera efectiva para que recibas el apoyo que necesitas tras la DANA 💜.

ayudas DANA organizaciones

Información Importante

*Lista municipios afectados: Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, Vilamarxant, Xirivella, Yátova. En Valencia capital se limita a PEDANÍAS SUR: Faitanar, La Torre, Forn d'Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar. Y las de Loriguilla a la zona junto a la A3.

Imagen del autor

Àngela Benavent

Head of Growth

Publicado el 11 noviembre 2024